Estamos viviendo en el futuro. Desde humanos que atacan a robots y refrigeradores que filtran sus contraseñas, hasta colchones capaces de decirle si su pareja le pone los cuernos. Existen incluso muñecas que escuchan a sus hijos, y redes sociales que hacen experimentos con su estado de ánimo. ¿Cómo debería ser el “futuro digital” en términos de la privacidad? Esto es lo que el Reglamento ePrivacy pretende definir. Descubra de qué se trata el Reglamento ePrivacy y qué es lo que pretende implementar.
El GDPR no es suficiente
Después de la adopción del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la EU ha disfrutado de un conjunto (semi) armonizado de normas para regular el uso de los datos personales.
El Artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos fue lo que inspiró al RGPD. Consagra el derecho a que se respete “la privacidad y vida familiar, el hogar y la correspondencia” de cada persona. En cierto modo, en su encarnación para la vida digital, abarca también los datos personales.
Pero, ¿Y qué hay de su derecho a la privacidad y a la confidencialidad de sus comunicaciones? Si bien el RGPD cubre una amplia gama de usos para sus datos personales, no ay provisiones que reflejen lo contemplado en el Artículo 7 de la declaración, que especifica la necesidad de respetar la vida privada de las personas, y lo amplía al campo digital.
¿Qué es el Reglamento ePrivacy?
Antes de que existiese el Reglamento ePrivacy, la Directiva ePrivacy fue añadida en 2002 y enmendada en 2009. Su nombre oficial es “Directiva de Privacidad y Comunicaciones Electrónicas 2002/58/EC” y no es vinculante. Pero sí obliga a cada Estado miembro de la UE a implementar las normativas apropiadas para cumplir con esta. Pronto será reemplazada por el Reglamento ePrivacy. El primer borrador se emitió en 2017, y actualmente se encuentra en su fase final de preparación.
El Reglamento ePrivacy brinda explicaciones acerca de algunos de los conceptos que se han discutido en el Reglamento General de Protección de Datos. Específicamente, aclara las nociones de marketing no solicitado, cookies y confidencialidad.
La Directiva ePrivacy solía aplicarse a los operadores de servicios de comunicación tradicionales, que explotaban las líneas telefónicas y los SMS. En contraposición, el Reglamento ePrivacy añade a los proveedores de correo electrónico, pero también a los servicios “over the top” (OTT) como WhatsApp y Skype, y más importante aún, la transmisión de datos entre equipos (dispositivos IoT).
El Reglamento ePrivacy no permitirá a los anunciantes enviar correos electrónicos o SMS sin la autorización expresa de la persona interesada.
También endurece las reglas de uso para las cookies. Básicamente, el Reglamento ePrivacy las prohibirá todas, excepto las necesarias para:
- Garantizar los servicios de comunicación.
- Hacer mediciones de audiencia exclusivamente.
- Garantizar un servicio solicitado por el usuario final.
- O las que autorice explícitamente el usuario final.
Además, de ahora en adelante, las páginas web ya no tendrán que solicitar autorización a los usuarios para usar cookies, según lo estipulado en el RGPD. Ahora la posibilidad de usar cookies y los límites de esta autorización se gestionarán desde el software y el navegador del usuario. El usuario solo tendrá que definir en una ocasión la libertad que les otorga a las páginas web para usar sus datos personales. Esta configuración anulará la autorización que se otorga en ventanas emergentes que les preguntan a los usuarios cómo las páginas web pueden usar sus cookies.
¿Cuál es la diferencia entre el RGPD y el Reglamento ePrivacy?
1/ El RGPD solo se aplica a los datos personales de los individuos, mientras que el Reglamento ePrivacy también abarca a entidades legales (individuos, empresas y también asociaciones).
2/ El RGPD solo abarca los datos transmitidos por internet. El Reglamento ePrivacy añade contenidos de comunicaciones electrónicas (es decir, SMS, mensajes de voz, vídeos e imágenes) y metadatos de comunicaciones electrónicas, que se pueden usar para rastrear una comunicación (origen, destino, ubicación, hora, duración, etc.).
3/ El Reglamento ePrivacy es vinculante en todos los estados miembros de la UE. Al igual que la Directiva de ePrivacy, era necesario implementar el RGPD a través de la adopción local de las leyes.
4/ Tanto el RGPD como el Reglamento ePrivacy pretenden abarcar la protección de datos en la UE. Pero el Reglamento ePrivacy añade algunas especificaciones adicionales al RGPD. Esto implica que el Reglamento ePrivacy está más especializado que el RGPD y lo anula.
¿Qué ofrecerá el Reglamento ePrivacy?
El nuevo Reglamento ePrivacy abordará los siguientes nuevos aspectos. Incluirá el Internet de las cosas, las comunicaciones por mensajerías como WhatsApp, Signal, Facebook Messenger, etc., muros de rastreo y quién puede leer sus correos electrónicos o acceder a sus dispositivos. ¿Debería su proveedor de correo electrónico leer sus mensajes para mostrar publicidad personalizada? (Spoiler: pues claro que no). Y WhatsApp, ¿debería poder usar su lista de contactos para sugerirle amigos en Facebook? ¿Deberían saber los periódicos acerca de lo que usted lee, y cuáles otras páginas web visita?
Al no contar con leyes de privacidad fuertes, muchos de los gigantes de internet nos controlan y se lucran de los millones de europeos que acceden a internet. Al garantizar que el Reglamento ePrivacy llegue más allá que la legislación vigente, podemos establecer unos mejores estándares para la UE. Esto afectará indirectamente al resto del mundo. ¡Recuperemos nuestra ePrivacy!
Mailfence y la lucha por la privacidad online
Mailfence está diseñado para ayudar a los usuarios a recuperar su privacidad online, y apoyamos la legislación de ePrivacy. También apoyamos a organizaciones como el EDRI y el EFF.
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